BLG
RECUERDA QUE…
REGISTRO DE JORNADA DE TRABAJO
Recuerda que…
… a partir del 12 mayo será obligatorio para la empresa realizar un registro diario de jornada de los trabajadores (tanto para contratos a tiempo completo como parcial)
Este registro ha de incluir la hora de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona, y se ha de conservar durante al menos 4 años.
El incumplimiento de esta obligación se considerará infracción grave.
Consúltanos si quieres más información al respecto asesoria@simplework.es o 960 262 366
Puedes leer el Real Decreto para más información: Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo de 2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo